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BOE-A-2026-1052 ·17 de enero de 2026 ·Resolución Impacto medio
Laboral

Lyntia Networks, SA: Convenio colectivo en vigor desde 1 de enero de 2025 hasta 1 de enero de 2031

Se registra y publica el Convenio Colectivo de Lyntia Networks, SA, que tiene efecto desde el 1 de enero de 2025 y vigencia hasta el 1 de enero de 2031, conforme a lo establecido en el art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. El convenio es aplicable a los trabajadores de la empresa y establece condiciones laborales específicas en el sector de redes de telecomunicación.

En 2 claves

  1. El convenio entra en vigor el 1 de enero de 2025 (art. 90.2 y 3, Ley del Estatuto de los Trabajadores)
  2. Vigencia hasta el 1 de enero de 2031, prorrogable (art. 90.2 y 3, Ley del Estatuto de los Trabajadores)

A quién afecta

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  • Solo si la empresa es Lyntia Networks, SA

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  • No aplica a autónomos

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  • Solo si la empresa es Lyntia Networks, SA

Cómo afecta a los implicados

Los trabajadores de Lyntia Networks, SA, pasan a estar sujetos a las condiciones laborales establecidas en el nuevo convenio colectivo desde el 1 de enero de 2025. Las administraciones y representantes sindicales deben actualizarse sobre las nuevas condiciones. Los asesores laborales deben verificar que el convenio se aplique correctamente en los contratos y relaciones laborales existentes.

Qué hacer y antes de cuándo

Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Línea de vida

2026-01-17PublicacionPublicación en el BOE
2025-01-01Entra en vigorEntrada en vigor (art. 90.2 y 3, Ley del Estatuto de los Trabajadores)
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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