Ir al contenido
BOE-A-2026-10111 ·9 de mayo de 2026 ·orden Impacto bajo
Fiscal

Productores de garbanzo en Córdoba: protección nacional transitoria para la DOP «Garbanzo Campiña de Córdoba»

La Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural de Andalucía concede protección nacional transitoria a la Denominación de Origen Protegida «Garbanzo Campiña de Córdoba» (Primero). Esta medida se adopta tras la decisión favorable en el procedimiento nacional de oposición y la transmisión de la solicitud de registro a la Comisión Europea (art. 15.2 RD 1335/2011). La protección tiene efectos retroactivos desde el 9 de febrero de 2026, fecha de presentación de la solicitud ante la Comisión (Segundo).

En 2 claves

  1. Protección nacional transitoria concedida a la DOP «Garbanzo Campiña de Córdoba» (Primero)
  2. Efectos desde el 9 de febrero de 2026 hasta la entrada en vigor del acto de ejecución de la Comisión Europea (Segundo)

A quién afecta

Aplica a este perfil

  • Productores de garbanzo en la zona de la Campiña de Córdoba
  • Interesados en el uso de la denominación de origen

Primero

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Cómo afecta a los implicados

Para los productores y la Asociación Garbanzo Campiña de Córdoba, la medida garantiza la defensa del nombre comercial y la exclusividad de la denominación a nivel nacional mientras se resuelve el registro comunitario (art. 8.3 Ley 2/2011). La protección cesará cuando entre en vigor el acto de ejecución de la Comisión Europea o se retire la solicitud (Segundo). Los competidores no autorizados quedan limitados en el uso del nombre bajo este régimen transitorio.

Qué hacer y antes de cuándo

AcciónReferenciaPlazo
Interponer recurso de reposición ante la Consejería si se considera afectada la resolución art. 123 y 124 Ley 39/2015 1 mes desde el día siguiente a la publicación
Interponer recurso contencioso-administrativo ante el TSJ de Andalucía art. 10 Ley 29/1998 2 meses desde el día siguiente a la publicación

Línea de vida

2026-05-09PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

¿Esta norma te afecta?

El equipo fiscal revisa tu situación concreta.

Hablar con el equipo fiscal
Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
Email
Contacto