Aller au contenu
Retour à l'index
V4392-16 13 octobre 2016 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Critère en vigueur
IS · sociedad civil

Les sociétés civiles à objet commercial et à personnalité juridique fiscale sont assujetties à l'impôt sur les sociétés

Une question a été posée pour savoir si une société civile d'avocats est assujettie à l'impôt sur les sociétés. La DGT précise que pour l'être, elle doit posséder une personnalité juridique fiscale et un objet commercial, excluant ainsi les activités à caractère professionnel.

La question posée

Cuestión planteada Si la sociedad consultante será contribuyente del Impuesto sobre Sociedades

La position de la DGT

Para ser contribuyente del Impuesto sobre Sociedades, la sociedad civil debe tener personalidad jurídica fiscal, manifestándose ante la Administración mediante escritura pública o documento privado aportado para obtener el NIF. Asimismo, debe tener objeto mercantil, entendido como la realización de actividades de producción, intercambio o prestación de servicios en un sector no excluido. Se excluyen las actividades agrícolas, ganaderas, forestales, mineras y de carácter profesional. Si la sociedad civil se rige por la Ley 2/2007 de sociedades profesionales, no tiene objeto mercantil y tributará por atribución de rentas.

Email
Contact