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V3942-16 20 septembre 2016 · SG de Impuestos sobre el Consumo Critère en vigueur
IVA · régimen especial de agencias de viajes

Les agences de voyages doivent appliquer le régime spécial de TVA, avec des exceptions pour les clients des États-Unis

Une agence de voyages s'interroge sur l'assujettissement à la TVA d'un service de voyage fourni en Espagne à une entreprise américaine. La DGT détermine que le régime spécial des agences de voyages s'applique, sauf si l'option pour le régime général est choisie lorsque le client bénéficie d'un droit au remboursement de la taxe.

La question posée

Cuestión planteada Sujeción de la operación al Impuesto sobre el Valor Añadido.

La position de la DGT

Los servicios de viajes prestados por agencias con sede en España están sujetos al régimen especial de agencias de viajes y se consideran una prestación única. Se podrá optar por el régimen general operación por operación si el destinatario es un empresario con derecho a la deducción o devolución del IVA. No obstante, para empresas de EE. UU. no se cumple el requisito de reciprocidad, por lo que la opción por el régimen general solo será posible si el servicio se relaciona con la asistencia a ferias, congresos o exposiciones comerciales.

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