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V3360-14 22 décembre 2014 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Critère en vigueur
IRPF · rendimientos del trabajo

Les revenus du travail versés par le FOGASA doivent être imputés à l'exercice où ils étaient exigibles

Un travailleur n'ayant pas perçu ses salaires ni son solde de tout compte en 2013 en raison de l'insolvabilité de son entreprise s'interroge sur la période de déclaration de ces revenus après le paiement par le FOGASA. La DGT précise qu'il doit effectuer une déclaration complémentaire pour l'exercice 2013 sans application de sanctions.

La question posée

Cuestión planteada En caso de pago por el FOGASA de las nóminas y finiquito pendientes, rentas sujetas a retención, solicita criterio de imputación temporal de las retenciones que le practiquen, en la declaración complementaria que tiene que efectuar una vez percibidos los importes que le eran debidos.

La position de la DGT

Cuando los rendimientos del trabajo se perciben en periodos distintos a los que eran exigibles por circunstancias justificadas no imputables al contribuyente, deben imputarse al periodo en que eran exigibles. En este caso, se debe presentar una autoliquidación complementaria del ejercicio 2013 en el plazo que medie entre el cobro y el fin del siguiente plazo de declaraciones, sin sanción ni intereses. El FOGASA debe aplicar el procedimiento general de retención y no el tipo fijo de atrasos.

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