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V3278-19 28 novembre 2019 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Critère en vigueur
IRPF · ganancia patrimonial

Absence de plus-value lors de la donation de participations sous conditions fiscales

Un contribuable de 76 ans s'interroge sur l'application des exonérations de l'IRPF et de l'Impôt sur le Patrimoine lors de la donation de ses participations sociales à son fils. La DGT précise que l'absence de plus-value imposable au titre de l'IRPF est conditionnée par le respect des exigences de la Loi sur les Successions et les Donations, lesquelles impliquent l'application de l'exonération de l'Impôt sur le Patrimoine.

La question posée

Cuestión planteada Aplicación de la exención prevista en el artículo 33.3.c) de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de la exención del artículo 4.Ocho.Dos de la Ley del Impuesto sobre el Patrimonio.

La position de la DGT

Para que no exista ganancia o pérdida patrimonial en la transmisión de participaciones, deben cumplirse los requisitos del art. 20.6 de la Ley 29/1987, lo que presupone la exención en el Impuesto sobre el Patrimonio. La exención en el Impuesto sobre Patrimonio requiere que la entidad realice una actividad económica, que la participación sea al menos del 5% individual o 20% por grupo de parentesco, y que el sujeto pasivo ejerza funciones de dirección con una remuneración superior al 50% de sus rendimientos. No es necesario que el titular de las participaciones sea quien ejerza las funciones de dirección, pudiendo pertenecer estas a un familiar del grupo de parentesco.

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