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V3276-15 26 octobre 2015 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Critère en vigueur
IS · fusión por absorción

Application du régime spécial des fusions sous réserve de motifs économiques valables

Une entreprise s'interroge sur la possibilité pour une fusion par absorption d'une société détenue intégralement de bénéficier du régime spécial des fusions. La DGT confirme que cela est possible si les conditions commerciales et fiscales sont remplies, et si l'objectif principal de l'opération n'est pas l'obtention d'un avantage fiscal.

La question posée

Cuestión planteada Si a la operación de fusión por absorción planteada le sería aplicable el régimen fiscal especial del capítulo VII del título VII de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades.

La position de la DGT

La operación puede acogerse al régimen especial si se realiza en el ámbito mercantil según la Ley 3/2009 y cumple el artículo 76.1 de la LIS. No será aplicable si el objetivo principal es el fraude o la evasión fiscal, o si carece de motivos económicos válidos según el artículo 89.2 de la LIS. La existencia de bases imponibles negativas o créditos fiscales no invalida por sí misma la aplicación del régimen si la operación responde a razones de racionalización o reestructuración. Las bases imponibles negativas de la absorbida podrán compensarse en la absorbente bajo los límites de los artículos 84 de la LIS y la disposición transitoria décimo sexta.

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