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V3224-19 22 novembre 2019 · SG de Impuestos sobre el Consumo Critère en vigueur
IVA · prestación de servicios

La consultoría médico-technique est hors champ de la TVA si le client est étranger et sans siège en Espagne

Une entreprise espagnole agissant en tant que consultante pour un assureur français sur un projet en Égypte s'interroge sur la taxation de ses services et de ceux de ses prestataires. La DGT détermine que la prestation de conseil principale n'est pas soumise à la TVA et que le traitement des services d'architecture dépend de leur lien avec un bien immobilier spécifique.

La question posée

Cuestión planteada Tributación en el Impuesto sobre el Valor Añadido de las actuaciones necesarias para el desarrollo del proyecto, tanto las efectuadas por la consultante a favor de la aseguradora francesa como las efectuadas por los proveedores subcontratados a favor de la consultante. Deducibilidad de las cuotas soportadas por la consultante en el desarrollo de dicho proyecto.

La position de la DGT

La consultoría técnico-médica es la prestación principal y las demás son accesorias, por lo que siguen su régimen fiscal; al ser el cliente francés sin sede en España, la consultoría no está sujeta a IVA. Los servicios de diseño arquitectónico no estarán sujetos a IVA si se refieren a un terreno específico fuera de España, pero estarán sujetos si el diseño es un modelo general sin ubicación concreta. La consultante podrá deducir las cuotas soportadas siempre que se afecten directa y exclusivamente a su actividad.

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