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V3040-16 29 juin 2016 · SG de Tributos Locales Critère en vigueur
OTRO · elemento tributario

Seuls les véhicules affectés à l'activité de location sont comptabilisés comme élément imposable

La question porte sur l'inclusion des véhicules destinés à la vente ou en cours de restitution dans le calcul de l'élément imposable de l'épigraphe 854.1 de l'IAE. La DGT précise que le critère déterminant est l'affectation à l'activité de location et non la situation temporaire du véhicule.

La question posée

Cuestión planteada Consideración de los "automóviles" como elemento tributario, a efectos de la cuantificación de la cuota del epígrafe 854.1, que se encuentren disponibles para la venta o en curso de devolución.

La position de la DGT

El elemento tributario para el epígrafe 854.1 es el automóvil y su inclusión depende de su afectación directa a la actividad de alquiler en el momento del devengo. Si los vehículos están desafectados de la actividad de alquiler (por ejemplo, para su venta), no se computan. Si están en proceso de puesta a punto o reparación con el fin de ofrecerlos al alquiler, sí se computan. La venta de automóviles es una actividad económica distinta que requiere su propio epígrafe, salvo que sean inmovilizado con más de dos años de antigüedad.

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