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V2692-18 5 octobre 2018 · SG de Tributación de las Operaciones Financieras Critère en vigueur
IRPF · rendimientos del trabajo

Exonération des rentes de plans de pensiones pour les personnes handicapées : condition de versements sous régime spécial

Une question a été posée pour savoir si une personne en situation de handicap peut bénéficier de l'exonération des rentes allant jusqu'à trois fois l'IPREM lors du rachat d'un plan de pension. La DGT précise que cette exonération ne s'applique que si les versements ont été effectués sous le régime spécial destiné aux personnes handicapées.

La question posée

Cuestión planteada Posibilidad de aplicar la exención prevista para las prestaciones percibidas en forma de renta hasta un importe máximo anual de 3 veces el IPREM, en caso de rescate de dicho plan. Contingencias por las que podrá rescatar el plan de pensiones.

La position de la DGT

La exención de rendimientos del trabajo por prestaciones en forma de renta para personas con discapacidad solo es aplicable si las prestaciones derivan de aportaciones realizadas a planes de pensiones constituidos específicamente bajo el régimen especial para personas con discapacidad. No se puede aplicar este régimen especial a prestaciones que deriven de aportaciones realizadas conforme al régimen general, incluso si el beneficiario tiene reconocida una incapacidad. La opción por el régimen especial debe ser previa a la realización de las aportaciones.

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