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V2664-16 14 juin 2016 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Critère en vigueur
IS · zona especial canaria

Application du régime de la ZEC : respect des conditions d'investissement et d'emploi durant la période fiscale

Une entité s'interrogeait sur son éligibilité au taux réduit de 4 % de l'impôt sur les sociétés après l'expiration des délais d'investissement et de création d'emplois suivant son inscription au registre de la ZEC. La DGT précise que le droit aux avantages fiscaux est conditionné au respect des exigences au cours de la période fiscale concernée.

La question posée

Cuestión planteada 1. Si podrá beneficiarse del régimen especial de la ZEC, aplicando el tipo del 4% en el Impuesto sobre Sociedades, o si, por el contrario, podría considerarse que ha incumplido los requisitos para poder aplicarse los beneficios fiscales inherentes a la ZEC, al haber transcurrido más de 6 meses o 2 años, para el personal y las inversiones respectivamente, desde la autorización inicial o la inscripción en el Registro Oficial de Entidades de la Zona Especial Canaria en el momento de levantamiento de la suspensión.

La position de la DGT

El cómputo de los plazos para realizar inversiones y crear empleo se inicia desde la inscripción en el Registro Oficial de Entidades de la ZEC. Si una entidad pretende aplicar el régimen especial tras haber transcurrido dichos plazos, deberá cumplir los requisitos de inversión mínima y de trabajadores contratados desde el primer día del periodo impositivo en que pretenda aplicar el régimen. El incumplimiento de estos requisitos determina la pérdida del derecho al disfrute de los beneficios fiscales en el periodo impositivo en que se produzca.

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