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V2661-22 28 décembre 2022 · SG de Impuestos sobre el Consumo Critère en vigueur
IVA · importación de bienes

L'importation d'un bateau de plaisance en provenance de l'étranger est soumise aux accises et à la TVA

Un résident canadien s'installant en Espagne s'interroge sur la fiscalité applicable à son bateau de plaisance. La DGT détermine que l'opération est assujettie à l'accise sur certains moyens de transport ainsi qu'à la TVA, les conditions d'exonération pour changement de résidence n'étant pas remplies.

La question posée

Cuestión planteada Tributación de la introducción de la embarcación privada de recreo en España a efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido y el Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte.

La position de la DGT

La embarcación está sujeta al Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte por su primera matriculación o circulación en España. No procede la exención de este impuesto porque la embarcación no ha sido utilizada por la interesada en su antigua residencia. Asimismo, la introducción de la embarcación constituye una importación sujeta al IVA, ya que no se cumple el requisito de haber poseído o utilizado los bienes en la antigua residencia durante el periodo mínimo exigido para embarcaciones de recreo.

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