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V2652-24 27 décembre 2024 · SG de Impuestos sobre el Consumo Critère en vigueur
IVA · tipo impositivo reducido

La rectification de la TVA sur les véhicules pour personnes à mobilité réduite dépend de la rétroactivité du certificat de handicap

Une personne physique a demandé s'il était possible de rectifier la TVA d'un véhicule acheté au taux général afin d'appliquer le taux réduit de 4 % après l'obtention d'un certificat de handicap. La DGT répond que, en règle générale, la rectification n'est pas recevable s'il n'y avait pas de reconnaissance préalable de l'AEAT, tout en apportant des nuances à ce critère suite à une décision judiciaire récente.

La question posée

Cuestión planteada Si resulta procedente la rectificación posterior de la repercusión efectuada a tipo general del Impuesto en la adquisición del vehículo, para aplicar el tipo reducido del Impuesto sobre el Valor Añadido previsto en el artículo 91.Dos.1.4º de la Ley 37/1992 si se obtuviese dicho reconocimiento.

La position de la DGT

Para aplicar el tipo reducido del 4% se requiere el previo reconocimiento del derecho por la AEAT mediante solicitud. Si en la fecha de adquisición no existía dicho reconocimiento, el tipo aplicable es el general del 21%. No obstante, si con posterioridad se obtiene un certificado de discapacidad con efectos retroactivos anteriores a la compra, según doctrina del TEAC, sí procedería la rectificación por ingreso indebido.

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