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V2423-15 30 juillet 2015 · SG de Impuestos sobre el Consumo Critère en vigueur
IVA · exención educativa

Les services de cantine scolaire sont taxés à 10 % et ne sont pas exonérés s'ils sont fournis par une entreprise de restauration

Une entreprise de restauration interroge la DGT sur l'exonération de TVA applicable à ses services de cantine et de garde d'enfants. La DGT précise que la fourniture de menus est soumise au taux réduit de 10 %, tandis que la seule garde et surveillance des enfants au sein de l'établissement n'est exonérée que si elle est assurée par l'établissement d'enseignement lui-même.

La question posée

Cuestión planteada Si conforme al artículo 20-Uno-9º de la Ley 37/1992 los servicios y entregas efectuados por la consultante quedan exentos. Si la exención está condicionada en función del destinatario de la facturación, que puede ser el centro docente o las familias. En caso de concurrir exención, cómo afectaría al derecho de deducción de cuotas soportadas en IVA.

La position de la DGT

Los servicios de elaboración y suministro de menús escolares están sujetos al tipo reducido del 10%. La exención de IVA solo se aplica a los servicios de atención, apoyo y vigilancia de niños en el centro docente durante el comedor, recreos o horario extraescolar, siempre que sean prestados directamente por el centro educativo. La exención es aplicable tanto si se factura al centro como a los usuarios. La deducibilidad del IVA soportado estará limitada por la realización de estas operaciones exentas, debiendo aplicarse la regla de la prorrata.

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