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V2401-15 29 juillet 2015 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Critère en vigueur
IS · consolidación fiscal

Possibilité de maintenir une société soumise à la réglementation forale de Navarre dans un groupe fiscal de droit commun

Une entreprise a sollicité l'avis de la DGT pour savoir si une société soumise à la réglementation forale de Navarre pouvait rester au sein de son groupe de consolidation fiscale de droit commun. La DGT conclut qu'en vertu d'une disposition transitoire de la Convention Économique, ce maintien est possible sous réserve du respect des conditions relatives à l'impôt sur les sociétés.

La question posée

Cuestión planteada Si una sociedad sujeta a la normativa foral en régimen de tributación individual del Impuesto sobre Sociedades (régimen general pero con diferente tipo impositivo) puede seguir integrada en el ejercicio 2015 y siguientes en un grupo de consolidación fiscal que tribute en régimen general, según la normativa común del Impuesto sobre Sociedades. O si la diferencia de tipo general no lo permite, si al acogerse la sociedad N a la disposición transitoria cuadragésima octava de la Ley Foral 24/1996, de 30 de diciembre, del Impuesto sobre Sociedades, al igualarse el tipo impositivo en el 30% se cumplirían las condiciones para su permanencia en el grupo fiscal.

La position de la DGT

Las entidades que formen parte de grupos fiscales de normativa común antes de 2015 pueden optar por mantener a sus dependientes sujetas a la normativa foral de Navarra hasta el 31 de diciembre de 2024. Para cumplir el requisito de tener el mismo tipo de gravamen, se debe considerar el tipo que le aplicaría a la sociedad foral si estuviera en territorio común. Si el grupo incluye una entidad de crédito con un tipo de gravamen distinto, se puede optar por incluirla o excluirla del grupo.

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