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V2207-15 16 juillet 2015 · SG de Impuestos sobre el Consumo Critère en vigueur
IVA · tipo impositivo

Le logiciel pour opticiens et optométristes est soumis au taux général de 21 %

Une entreprise s'interroge sur l'éligibilité au taux réduit de TVA des logiciels destinés aux professionnels de l'optique ainsi que des logiciels prescrits aux patients pour un traitement à domicile. La DGT détermine que ces programmes ne figurent pas sur la liste des biens bénéficiant du taux de 10 %.

La question posée

Cuestión planteada Tipo impositivo aplicable a los equipos de software descritos.

La position de la DGT

El software para ópticos-optometristas no se considera incluido en la categoría de equipos médicos para compensar defectos o en la de productos para el uso de gafas y lentes de contacto. Por tanto, debe tributar al tipo impositivo general del 21 por ciento, independientemente de quién sea el adquirente. La aplicación del tipo reducido del 10 por ciento requiere que los bienes cumplan la condición objetiva de estar diseñados para aliviar o tratar deficiencias para uso personal y exclusivo de personas con deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales.

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