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V2167-24 9 octobre 2024 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Critère en vigueur
IVA · lucro cesante

Les indemnités pour manque à gagner dans les programmes de protection du territoire ne sont pas soumises à la TVA

Un consultant s'interroge sur la taxation à la TVA et à l'IRPF des compensations financières versées aux agriculteurs en raison de mesures obligatoires réduisant leur production. La DGT détermine que ces montants constituent des indemnités pour manque à gagner et non des contreparties pour des services, ils ne sont donc pas assujettis à la TVA.

La question posée

Cuestión planteada Tributación en el IVA y en el IRPF de las mencionadas compensaciones.

La position de la DGT

Las compensaciones económicas destinadas a indemnizar el lucro cesante de los agricultores no constituyen una contraprestación por una operación sujeta al IVA, sino que tienen la naturaleza de indemnizaciones. Al no ser una prestación de servicios, no están sujetas al impuesto y no deben computarse en el volumen de operaciones para el régimen especial de la agricultura. En el IRPF, se consideran rendimientos íntegros de la actividad agrícola, pero no computan para la magnitud excluyente del método de estimación objetiva ni para el cálculo de los pagos fraccionados trimestrales.

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