Aller au contenu
Retour à l'index
V2124-14 4 août 2014 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Critère en vigueur
IRPF · rendimientos del trabajo

Application du seuil de 22 000 euros en cas de revenus provenant d'un employeur unique

Une contribuable s'interroge sur le fait de savoir si deux versements distincts du ministère de la Défense constituent un employeur unique pour déterminer l'obligation de déclaration. La DGT précise que, s'agissant de l'Administration générale de l'État, il convient de considérer un employeur unique.

La question posée

Cuestión planteada A efectos de determinar la obligación de declarar, se pregunta sobre la posibilidad de considerar la existencia de un único pagador de rendimientos del trabajo.

La position de la DGT

La existencia de más de un pagador se determina por la personalidad jurídica propia de cada entidad. En el ámbito de las Administraciones Públicas, se debe distinguir entre la Administración General del Estado, las Comunidades Autónomas, las Administraciones Locales y los entes con personalidad jurídica propia. Si los rendimientos proceden de un único pagador, como la Administración General del Estado, el límite para no declarar es de 22.000 euros anuales, siempre que no haya retenciones a tipo fijo.

Email
Contact