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V2115-21 15 juillet 2021 · SG de Tributación de las Operaciones Financieras Critère en vigueur
IRPF · contratos por diferencias

Imputation temporelle des gains ou pertes sur CFD avec liquidation quotidienne

La consultante s'interroge sur l'imputation temporelle des résultats des contrats sur différence (CFD) avec 'roll-over', demandant si seuls les contrats clôturés doivent être imposés ou si les contrats ouverts le sont également. La DGT précise que, en cas de liquidations quotidiennes, des gains ou pertes patrimoniales sont générés et imputables à chaque période où ces liquidations interviennent, même si le contrat demeure ouvert.

La question posée

Cuestión planteada 1- Imputación temporal e integración en la base imponible del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de las rentas positivas y negativas originadas por los mencionados contratos por diferencias. En particular, si deben imputarse a cada período impositivo solo las rentas procedentes de posiciones contractuales que hubieran sido cerradas en dicho período o si también deben imputarse al período impositivo los resultados correspondientes a posiciones contractuales que se mantienen abiertas al finalizar el mismo, y si el tratamiento en estos casos difiere dependiendo de que la renta obtenida sea positiva o negativa.

La position de la DGT

Los resultados de los CFD se califican como ganancias o pérdidas patrimoniales. Si el contrato conlleva liquidaciones diarias (como en el caso de 'roll-over'), se entiende que se obtiene una ganancia o pérdida patrimonial cada día, imputable al periodo en que se produzca la liquidación. Esto incluye tanto contratos cerrados como contratos que permanecen abiertos al finalizar el ejercicio. No se aplican las limitaciones de las letras e), f) y g) del artículo 33.5 de la LIRPF, ya que los CFD no son valores ni elementos patrimoniales transmisibles.

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