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V1919-23 5 juillet 2023 · SG de Impuestos sobre el Consumo Critère en vigueur
IVA · régimen especial de bienes usados

L'application du régime spécial des biens d'occasion dépend du mode d'imposition de l'acquisition intracommunautaire

Un particulier demande s'il peut appliquer le régime spécial des biens d'occasion pour la revente de véhicules acquis au sein de l'UE. La DGT précise que l'éligibilité à ce régime dépend de l'application, par le vendeur d'origine, du régime général ou du régime spécial des biens d'occasion.

La question posée

Cuestión planteada Posibilidad de aplicar el régimen especial de bienes usados, objeto de arte, antigüedades y objetos de colección en el Impuesto sobre el Valor Añadido a la reventa de los citados vehículos.

La position de la DGT

Si el vendedor en el otro Estado miembro aplicó el régimen general, la adquisición intracomunitaria en España está sujeta al IVA y el revendedor no podrá aplicar el régimen especial en la reventa. Si el vendedor aplicó el régimen especial de bienes usados, la adquisición intracomunitaria no está sujeta al IVA español y el revendedor sí podrá aplicar dicho régimen especial en la reventa. Para aplicar el régimen especial, el sujeto pasivo debe haber presentado la declaración de comienzo de actividad.

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