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V1906-21 18 juin 2021 · SG de Impuestos sobre el Consumo Critère en vigueur
IVA · comunidad de bienes

L'attribution d'un local suite à la dissolution d'une indivision est assujettie à la TVA

La question porte sur le statut d'assujetti des copropriétaires après la dissolution d'une indivision louant un local, ainsi que sur l'éventuelle exonération de la transmission de l'immeuble. La DGT précise que l'attribution du local aux coindivisaires constitue une livraison de biens assujettie à la TVA et examine l'application possible de l'exonération relative aux secondes livraisons.

La question posée

Cuestión planteada Cuestionan, por un lado, si tras la disolución de la Comunidad de Bienes las dos personas físicas tendrían consideración individual de empresarios o profesionales a efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido en calidad de arrendadores del local, y, por otro lado, si en el supuesto de transmisión del local a un tercero sería de aplicación la exención prevista en el número 22º del artículo 20.Uno de la Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido.

La position de la DGT

La adjudicación de un local por disolución de una comunidad de bienes a sus comuneros se considera una entrega de bienes sujeta al IVA. Para que la comunidad sea sujeto pasivo, debe existir una ordenación conjunta de medios y asunción conjunta del riesgo. La posterior transmisión del local podría estar exenta como segunda o ulterior entrega de edificación, salvo que se renuncie a dicha exención.

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