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V1858-17 13 juillet 2017 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Critère en vigueur
IS · fusión

La fusion d'une SICAV dans un fonds d'investissement peut bénéficier du regime special de l'IS

Il est question de savoir si la fusion d'une SICAV, par la cession de son patrimoine à un fonds d'investissement, peut bénéficier du regime fiscal special des fusions. La DGT conclut que cela est possible sous réserve du respect des conditions de l'article 76.1 de la LIS et de l'existence de motifs economiques valables.

La question posée

Cuestión planteada 1. Si la operación de fusión descrita puede acogerse al régimen fiscal especial previsto en el capítulo VII del título VII de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades.

La position de la DGT

La operación puede acogerse al régimen especial de la LIS si se realiza en el ámbito mercantil y cumple el artículo 76.1. Para evitar la aplicación del artículo 89.2, la fusión debe responder a motivos económicos válidos como la mejora de la política de inversión, mayor liquidez o reducción de costes. En cuanto al ITPAJD, la operación se considera de reestructuración, por lo que no está sujeta a la modalidad de operaciones societarias y está exenta de transmisiones patrimoniales onerosas y actos jurídicos documentados.

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