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V1804-19 11 juillet 2019 · SG de Impuestos sobre el Consumo Critère en vigueur
IVA · derecho a la deducción

Déduction de 50 % de la TVA sur les véhicules de tourisme sous réserve de justification de leur affectation à l'activité

Une entreprise agricole s'interroge sur la déductibilité de la TVA lors de l'achat de véhicules pour son exploitation. La DGT précise que, si l'affectation à l'activité est démontrée, un taux de déduction de 50 % est présumé pour les véhicules de tourisme, sous réserve d'exceptions spécifiques.

La question posée

Cuestión planteada Deducción del Impuesto sobre el Valor Añadido soportado en la adquisición de vehículos que van a afectarse a la actividad.

La position de la DGT

Para deducir el IVA, los bienes deben afectarse directa y exclusivamente a la actividad, aunque se admite la afectación parcial en bienes de inversión. En el caso de vehículos de turismo, se presume una afectación del 50% una vez acreditada su uso profesional. Solo ciertos vehículos, como los mixtos para transporte de mercancías o los de agentes comerciales, pueden presumirse afectados al 100%. El grado de afectación debe probarse por medios admitidos en Derecho, no siendo suficiente la mera contabilización o la declaración-liquidación.

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