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V1719-22 18 juillet 2022 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Critère en vigueur
IRPF · rendimientos del trabajo

Application de la réduction de 30 % : délai entre l'attribution et l'exercice des options

La consultante s'interroge sur le point de départ du calcul du délai de génération de plus de deux ans pour bénéficier de la réduction de 30 % sur les revenus du travail. La DGT précise que la période de génération est déterminée par l'intervalle séparant l'attribution des options d'achat de leur exercice.

La question posée

Cuestión planteada Si, a efectos de la aplicación de la reducción del 30 por ciento del artículo 18.2 de la LIRPF, el período de generación del rendimiento del trabajo obtenido en el momento del ejercicio de las opciones se computa desde el momento de la concesión de las mismas.

La position de la DGT

Para aplicar la reducción del artículo 18.2 de la LIRPF, el plazo entre la concesión de las opciones de compra al trabajador y su ejercicio debe ser superior a dos años. Asimismo, el contribuyente no debe haber aplicado esta reducción a otros rendimientos con período de generación superior a dos años en los cinco períodos impositivos anteriores.

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