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V1629-15 27 mai 2015 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Critère en vigueur
IRPF · rendimientos del trabajo

Les salaires perçus de la FOGASA doivent être imputés aux années où ils étaient exigibles via une déclaration complémentaire

Un travailleur s'est interrogé sur les modalités de déclaration des salaires perçus de la FOGASA en 2014, correspondant aux exercices 2012 et 2013. La DGT précise que les montants doivent être imputés à chaque année au prorata de la dette de chaque exercice et qu'aucune retenue ne peut être incluse si la FOGASA ne l'a pas pratiquée.

La question posée

Cuestión planteada mputación temporal del importe percibido del Fondo de Garantía Salarial y retenciones que puede incluir en la declaración respecto de dicho importe cobrado del Fondo.

La position de la DGT

Los rendimientos del trabajo deben imputarse al período en que eran exigibles, por lo que el contribuyente debe presentar autoliquidaciones complementarias de los años correspondientes sin sanción ni intereses. El importe percibido se debe repartir proporcionalmente entre los ejercicios según la deuda de cada uno. Respecto a las retenciones, FOGASA debe aplicar el procedimiento general y no el de atrasos, y si no practicó retención por superar el límite cuantitativo, el contribuyente no puede incluirlas en su declaración.

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