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V1580-18 7 juin 2018 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Critère en vigueur
IS · aportación de activos

Application du régime spécial d'apport d'actifs et d'échange de valeurs sous réserve du respect des conditions de la LIS

Un contribuable s'interroge sur la possibilité de soumettre l'apport d'immeubles issus d'un régime de communauté de biens, suivi de l'échange de participations dans d'autres sociétés, au régime spécial de la LIS. La DGT confirme que cela est possible dès lors que l'activité de location constitue une activité économique et que les conditions réglementaires sont remplies.

La question posée

Cuestión planteada Si a la vista de los hechos, la actividad de arrendamiento, en la que la consultante se dio de alta mediante su correspondiente modelo censal, tiene la consideración de actividad económica en virtud del artículo 5.1 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades.

La position de la DGT

La aportación de inmuebles puede acogerse al régimen especial de la LIS si los bienes están afectos a una actividad económica (que requiere al menos un empleado a jornada completa) durante tres años previos. El canje de valores para adquirir la mayoría de derechos de voto también puede aplicar el régimen especial si se cumplen los requisitos del artículo 80 de la LIS. Para evitar la aplicación del artículo 89.2 de la LIS, la operación debe responder a motivos económicos válidos y no a una mera ventaja fiscal. En cuanto al ITPAJD, la operación se considera de reestructuración, lo que conlleva su no sujeción y exención.

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