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V1439-24 14 juin 2024 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Critère en vigueur
IS · actividad económica

La création d'une plateforme technologique et de formations pour les membres constitue une activité économique soumise à l'IS

Une association de commerçants à but non lucratif s'interroge sur le fait de savoir si le développement d'une plateforme d'e-commerce et de formations pour ses membres constitue une activité économique et si la subvention reçue est soumise à la TVA. La DGT détermine que ces activités sont économiques et soumises à l'IS, mais que la subvention n'est pas soumise à la TVA car elle ne constitue pas une contrepartie.

La question posée

Cuestión planteada Si el proyecto que se va a desarrollar por la entidad consultante en beneficio de sus asociados, por el que no va a existir contraprestación alguna por parte de los mismos, constituye, total o parcialmente, una actividad económica a efectos de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades.

La position de la DGT

La creación e implantación de una plataforma tecnológica y la actividad formativa para los asociados determinan la existencia de una actividad económica, al implicar la ordenación de medios materiales y humanos para la producción de servicios. Por tanto, los rendimientos de estas actividades y las subvenciones o cuotas destinadas a financiarlas estarán sujetos al Impuesto sobre Sociedades. Respecto al IVA, la subvención no está sujeta al impuesto porque no constituye una contraprestación ni es una subvención vinculada al precio, al no existir una relación jurídica de reciprocidad entre la asociación y la Administración.

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