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V1415-17 6 juin 2017 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Critère en vigueur
IRPF · atribución de rentas

Les revenus d'une communauté de biens exerçant une activité économique sont qualifiés de revenus d'activités économiques

Une question a été posée concernant la qualification des revenus d'une communauté de biens où certains membres exercent une activité et d'autres non. La DGT précise que, si l'entité exerce une activité économique, les revenus sont attribués aux membres en tant que revenus d'activités économiques.

La question posée

Cuestión planteada Calificación de las rentas atribuidas a los comuneros por la comunidad de bienes.

La position de la DGT

Las entidades en régimen de atribución de rentas no son contribuyentes, sino que las rentas se atribuyen a sus miembros manteniendo la naturaleza de la fuente. Si la comunidad desarrolla una actividad económica, los rendimientos atribuidos son rendimientos de actividades económicas. El trabajo de un comunero en la actividad no constituye rendimiento del trabajo, sino que su retribución se considera una mayor participación en el rendimiento de la entidad y no es un gasto deducible. Los pagos fraccionados del modelo 130 deben ser realizados por cada comunero en proporción a su participación.

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