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V1276-15 28 avril 2015 · SG de Impuestos sobre el Consumo Critère en vigueur
IVA · deducción

Déductibilité de la TVA supportée par une activité exonérée sous réserve du respect des conditions générales

Une entreprise fournissant des services exonérés conformément à l'article 21.6 de la Loi relative à la TVA s'interroge sur la possibilité de déduire la TVA de ses dépenses. La DGT confirme le droit à la déduction dès lors que les règles générales du Titre VIII de la Loi 37/1992 sont respectées.

La question posée

Cuestión planteada Se plantea la cuestión de si las cuotas soportadas de los gastos generados para el desarrollo de esa única actividad exenta, son deducibles y se pueden consignar como tales en el modelo 303 de IVA.

La position de la DGT

Las prestaciones de servicios exentas en virtud del artículo 21.6 de la Ley 37/1992 originan el derecho a la deducción de las cuotas soportadas por adquisiciones de bienes y servicios. Dicha deducción debe realizarse conforme a las reglas generales contenidas en el Título VIII de la citada Ley. El exceso de deducciones sobre las cuotas devengadas podrá compensarse en declaraciones posteriores o solicitarse su devolución según lo dispuesto en la normativa.

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