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V1097-17 10 mai 2017 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Critère en vigueur
IRPF · indemnización por despido

L'indemnité de licenciement pour motif objectif est exonérée dans la limite du licenciement sans cause réelle et sérieuse et de 180 000 euros

La question porte sur l'exonération au titre de l'IRPF de l'indemnité perçue lors d'un licenciement pour motifs objectifs. La DGT détermine que l'exonération s'applique jusqu'au montant fixé pour un licenciement sans cause réelle et sérieuse, avec un plafond de 180 000 euros.

La question posée

Cuestión planteada Tratamiento fiscal de la indemnización por despido a efectos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, en concreto sobre la aplicación de la exención contemplada en el artículo 7.e) de la Ley del Impuesto.

La position de la DGT

La indemnización por despido por causas objetivas (artículo 52 c del ET) está exenta en el IRPF con el límite del menor de: la cuantía establecida obligatoriamente en el Estatuto de los Trabajadores para el despido improcedente y la cantidad de 180.000 euros. Para contratos suscritos a partir de 12 de febrero de 2012, el límite del despido improcedente es de 33 días por año de servicio con un máximo de 24 mensualidades. Cualquier exceso sobre estos límites tributará como rendimiento del trabajo.

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