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V1065-14 14 avril 2014 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Critère en vigueur
IS · deducción por reinversión

Éligibilité à la déduction pour réinvestissement de bénéfices lors de la cession d'éléments patrimoniaux

Une consultante s'interroge sur la possibilité d'appliquer la déduction pour réinvestissement de bénéfices extraordinaires suite à l'acquisition d'un bâtiment industriel d'occasion. La DGT précise que cette déduction n'est applicable que si les bénéfices résultent de la cession d'éléments patrimoniaux spécifiques prévus par la loi.

La question posée

Cuestión planteada Se plantea si la inversión proyectada cumple los requisitos exigidos para practicar la deducción por reinversión de beneficios extraordinarios, regulada en el artículo 42 del TRLIS.

La position de la DGT

La deducción del artículo 42 del TRLIS solo es aplicable si la renta proviene de la transmisión de elementos del inmovilizado material, intangible, inversiones inmobiliarias o participaciones en el capital (mínimo 5%) que cumplan los requisitos de afectación y tiempo. El importe obtenido debe reinvertirse en elementos aptos para la deducción, sin que sea necesaria la correspondencia entre la naturaleza del elemento transmitido y el adquirido. En este caso, la adquisición de la nave industrial permitiría la deducción siempre que la renta proceda de elementos aptos y la nave quede afecta a la actividad económica en el plazo legal.

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