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V1057-14 14 avril 2014 · SG de Impuestos sobre el Consumo Critère en vigueur
IVA · suministro de agua

La fourniture d'eau potable par une communauté de communes est assujettie à la TVA même si elle est perçue via une taxe

Une municipalité demande si la fourniture d'eau potable assurée par une communauté de communes à ses communes est assujettie à la TVA lorsqu'elle est facturée sous forme de taxe. La DGT répond que cette activité est soumise à l'impôt en raison de sa nature économique et de la réglementation spécifique.

La question posée

Cuestión planteada - Sujeción al Impuesto sobre el Valor Añadido de dichos suministros.

La position de la DGT

El suministro y distribución de agua por parte de una Mancomunidad a los municipios integrantes está sujeto al IVA, aun cuando la contraprestación sea una tasa. Esto se debe a que la distribución de agua está expresamente recogida como actividad sujeta en el artículo 7.8º de la Ley del IVA. La aplicación de la no sujeción por parte de entes públicos requiere que actúen en ejercicio de una función pública y no en competencia con particulares, pero la distribución de agua tiene un marcado carácter económico que determina su sujeción.

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