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V0987-14 7 avril 2014 · SG de Fiscalidad Internacional Critère en vigueur
IRPF · régimen especial de desplazados

Les retenues des travailleurs soumis au régime spécial doivent être versées via les modèles de l'impôt sur le revenu des non-résidents

Une entreprise s'interroge sur les modèles à utiliser pour le versement des retenues d'un travailleur chilien bénéficiant du régime spécial de détachés. La DGT précise que, bien que le travailleur relève du régime spécial de l'IRPF, les retenues sont gérées selon la réglementation de l'impôt sur le revenu des non-résidents.

La question posée

Cuestión planteada Dado que la autorización para aplicar el régimen especial a dicho trabajador es para todo el año 2013, y puesto que respecto a los días de su salario correspondientes al mes de febrero, se han practicado las retenciones correspondientes por IRPF mediante la presentación del modelo 111 correspondiente a dicho mes, se plantea lo siguiente:

La position de la DGT

Las retenciones e ingresos a cuenta para trabajadores con el régimen especial de desplazados se practicarán según la normativa del Impuesto sobre la Renta de no Residentes. La entidad debe utilizar el modelo 216 para el ingreso de las cantidades retenidas y el modelo 296 para la declaración anual. Las cantidades retenidas se tendrán en cuenta por el contribuyente al presentar su declaración de IRPF, pudiendo solicitar la devolución si procede.

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