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V0970-15 26 mars 2015 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Critère en vigueur
IS · fusión por absorción

Une fusion par absorption peut bénéficier du régime spécial sous réserve de conditions commerciales et économiques

La consultante s'interroge sur la possibilité pour une fusion par absorption de l'entité B par l'entité A d'appliquer le régime spécial de la LIS. La DGT précise que les conditions de la Loi 3/2009 et de l'article 76.1 de la LIS doivent être remplies, en plus de justifier de motifs économiques valables.

La question posée

Cuestión planteada Si a la fusión por absorción antes descrita le es de aplicación el régimen especial regulado en el capítulo VII del título VII de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades.

La position de la DGT

Para aplicar el régimen especial, la operación debe realizarse en el ámbito mercantil según la Ley 3/2009 y cumplir el artículo 76.1 de la LIS. Asimismo, no se aplicará si el objetivo principal es el fraude o la evasión fiscal, requiriendo motivos económicos válidos como la reestructuración o racionalización de actividades. La simplificación de la estructura organizativa y la reducción de costes administrativos pueden considerarse motivos económicos válidos.

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