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V0968-20 21 avril 2020 · SG de Impuestos Patrimoniales, Tasas y Precios Públicos Critère en vigueur
IP · exención de participaciones

Impossibilité d'appliquer l'exonération de l'impôt sur la fortune si la direction est assurée par un parent du troisième degré

Un contribuable s'interroge sur la possibilité de conserver l'exonération de ses participations à l'impôt sur la fortune si la direction de la société est exercée par son neveu. La DGT répond que le groupe de parenté autorisé pour satisfaire à cette condition se limite aux collatéraux du deuxième degré.

La question posée

Cuestión planteada - Aplicación de la exención de las participaciones en el Impuesto sobre Patrimonio en el supuesto de que las funciones remuneradas de dirección y gestión de la entidad fuesen desempeñadas por un colateral de tercer grado del consultante, al no tener ningún otro familiar de menor grado de parentesco con las capacidades y facultades necesarias para ostentar dicho cargo.

La position de la DGT

Para la exención de participaciones en el Impuesto sobre Patrimonio, las funciones de dirección deben ser ejercidas por alguien del grupo de parentesco legalmente establecido. Este grupo incluye al cónyuge, ascendientes, descendientes o colaterales de segundo grado. Incluir a colaterales de tercer grado, como un sobrino, supondría una interpretación extensiva de la ley no permitida.

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