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V0917-14 1 avril 2014 · SG de Tributación de las Operaciones Financieras Critère en vigueur
IRPF · contratos por diferencias

Les résultats des contrats CFD et FOREX sont qualifiés de gains ou pertes en capital au titre de l'IRPF

Le consultant s'interroge sur la fiscalité des résultats issus d'opérations sur contrats CFD sur indices et de contrats FOREX sur devises. La DGT précise que ces résultats constituent des gains ou des pertes en capital et explique leurs modalités d'intégration et de compensation conformément à la réglementation en vigueur.

La question posée

Cuestión planteada Si puede compensar en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas el resultado negativo del año derivado de las operaciones realizadas con los mencionados contratos, con otras ganancias patrimoniales del mismo año, e imputación temporal de los resultados.

La position de la DGT

Los resultados de contratos por diferencias (CFD) y de contratos sobre pares de divisas (FOREX) se califican como ganancias o pérdidas patrimoniales. Los resultados por diferencias de tipo de cambio se imputan al ejercicio en que se cierre el contrato, mientras que las liquidaciones por 'rollover' se imputan cuando se realizan. A partir de 2013, solo las ganancias o pérdidas de contratos con más de un año de duración se integran en la base del ahorro; el resto se integra en la base general.

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