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V0845-23 12 avril 2023 · SG de Impuestos sobre el Consumo Critère en vigueur
IVA · tipo impositivo reducido

Application du taux réduit de 4 % à l'achat de véhicules pour les personnes handicapées sous réserve de reconnaissance préalable par l'AEAT

La consultation porte sur l'applicabilité du taux de 4 % lors de l'achat d'un véhicule pour une personne en situation de handicap, sans distinction de l'identité de l'acheteur ou de l'application du régime des biens d'occasion par le vendeur. La DGT précise que l'application de ce taux réduit est conditionnée par le respect des exigences légales et l'obtention préalable de la reconnaissance du droit par l'AEAT.

La question posée

Cuestión planteada Si resulta de aplicación el tipo impositivo reducido del 4 por ciento y si la respuesta varía en función de si el comprador es una persona distinta de la persona con movilidad reducida y de si el vehículo se compra a un sujeto pasivo del Impuesto sobre el Valor Añadido que lo venda usado.

La position de la DGT

La aplicación del tipo del 4% a vehículos para el transporte habitual de personas con discapacidad o movilidad reducida requiere el previo reconocimiento del derecho por la AEAT mediante solicitud. Este reconocimiento exige acreditar la discapacidad (igual o superior al 33%) o la movilidad reducida y el destino del vehículo. En compras a sujetos pasivos con régimen especial de bienes usados, se aplicará el mismo tipo reducido sobre el margen de beneficio, siempre que se cumplan los mismos requisitos de reconocimiento previo.

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