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V0844-14 26 mars 2014 · SG de Impuestos sobre el Consumo Critère en vigueur
IVA · tipo impositivo reducido

Application du taux réduit de 4 % à l'achat de véhicules sous réserve de reconnaissance par l'AEAT

Une association de services sociaux s'interroge sur la procédure permettant d'appliquer le taux de 4 % lors de l'acquisition de véhicules. La DGT précise que l'application de ce taux réduit nécessite l'obtention préalable de la reconnaissance du droit par l'AEAT ainsi que le respect des conditions légales.

La question posée

Cuestión planteada Procedimiento para la aplicación del tipo reducido del 4 por ciento en la adquisición de vehículos por la asociación consultante para el ejercicio de su actividad.

La position de la DGT

La aplicación del tipo del 4% requiere el previo reconocimiento del derecho por la Agencia Estatal de Administración Tributaria. El adquirente debe justificar el destino del vehículo para el transporte habitual de personas con discapacidad o movilidad reducida. En el caso de personas jurídicas que presten servicios sociales, se debe acreditar que desarrollan actividades de asistencia o cuentan con trabajadores con discapacidad que usarán el vehículo. Además, deben cumplirse los requisitos de periodicidad y no transmisión establecidos en el Reglamento del IVA.

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