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V0837-19 23 avril 2019 · SG de Tributación de las Operaciones Financieras Critère en vigueur
IRPF · rendimientos del trabajo

Application de la réduction de 40 % sur les plans de pensiones sous certaines conditions et délais

Le demandeur s'interroge sur la fiscalité des prestations issues de plans de pensiones et d'assurances collectives, ainsi que sur l'éligibilité à la réduction de 40 %. La DGT précise que cette réduction ne s'applique qu'aux cotisations effectuées jusqu'en 2006 et dans des délais déterminés.

La question posée

Cuestión planteada Tributación de las prestaciones que vayan a recibirse, posibilidad y plazo para aplicar la reducción del 40 por 100 en las prestaciones de los planes de pensiones y posibilidad de retrasar la percepción de la prestación del seguro colectivo por la contingencia de jubilación.

La position de la DGT

Las prestaciones de planes de pensiones son rendimientos del trabajo. Se puede aplicar la reducción del 40% a la parte de la prestación correspondiente a aportaciones realizadas hasta el 31 de diciembre de 2006, siempre que se perciba en forma de capital, hayan pasado dos años desde la primera aportación y se respete el plazo de la disposición transitoria duodécima. Para el seguro colectivo descrito, no aplica la reducción transitoria por no haber sido contratado antes del 20 de enero de 2006, y queda excluido de las reducciones del artículo 18 de la LIRPF.

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