Aller au contenu
Retour à l'index
V0826-23 10 avril 2023 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Critère en vigueur
IRPF · indemnización por despido

Limites d'exonération des indemnités de licenciement collectif et imposition des cotisations aux plans de pension

Une entreprise sollicite un éclaircissement sur le traitement fiscal de divers versements dans le cadre d'un accord de licenciement collectif, notamment les indemnités, les conventions spéciales de la Sécurité sociale, les plans de pension et les assurances santé. La DGT précise quels concepts bénéficient d'une exonération, lesquels sont imposés comme revenus du travail et les modalités d'application des réductions.

La question posée

Cuestión planteada Tratamiento fiscal aplicable en el Impuesto sobre la Renta de las personas Físicas, de los diversos conceptos económicos contemplados en el referido Acuerdo.

La position de la DGT

Las indemnizaciones por despido están exentas hasta el límite del Estatuto de los Trabajadores o 180.000 euros; el exceso tributa como rendimiento del trabajo con posible reducción del 30%. Las aportaciones de la empresa al convenio especial obligatorio no tributan, pero las del convenio ordinario o cláusula adicional sí son rendimientos íntegros. Las contribuciones a planes de pensiones y primas de seguros de invalidez son rendimientos en especie. La asistencia sanitaria está exenta hasta 500 euros anuales por persona. La indemnización por movilidad geográfica es rendimiento del trabajo y no permite la reducción del 30% si se imputa en varios periodos.

Email
Contact