Aller au contenu
Retour à l'index
V0755-22 7 avril 2022 · SG de Impuestos sobre el Consumo Critère en vigueur
IVA · tipo impositivo reducido

Application du taux réduit de 4 % aux véhicules pour le transport de personnes en situation de handicap ou à mobilité réduite

Le demandeur s'interroge sur l'éligibilité au taux de TVA réduit de 4 % en raison d'un handicap physique supérieur à 33 %. La DGT précise que l'avantage dépend de l'utilisation du véhicule pour le transport habituel de personnes en fauteuil roulant ou à mobilité réduite.

La question posée

Cuestión planteada Posibilidad de beneficiarse del tipo reducido del 4 por ciento establecido en el artículo 91.Dos.1.4º de la Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido.

La position de la DGT

El tipo reducido del 4% se aplica a vehículos destinados al transporte habitual de personas con discapacidad en silla de ruedas o con movilidad reducida. Para las personas con discapacidad, es necesario acreditar un grado igual o superior al 33% y que se desplacen en silla de ruedas. En el caso de movilidad reducida, la situación debe requerir atención especial o adaptación de los servicios de transporte. La aplicación del tipo requiere el previo reconocimiento del derecho por la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

Email
Contact