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V0669-15 25 février 2015 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Critère en vigueur
IS · régimen especial de fusiones

Les fusions et scissions de Sociétés Européennes peuvent bénéficier du régime spécial sous réserve de conditions légales et de motifs économiques valables

Une entité a sollicité un avis sur la possibilité d'appliquer le régime fiscal spécial de la LIS à une opération de fusion et à une scission partielle d'une Société Européenne, ainsi que sur la validité de ses motifs. La DGT précise que, si les conditions commerciales et fiscales relatives à la branche d'activité sont remplies, ces opérations pourraient bénéficier dudit régime, les motifs économiques invoqués pour la fusion et la scission de l'entité D étant considérés comme valables.

La question posée

Cuestión planteada Si las operaciones planteadas podrían acogerse al régimen fiscal especial regulado en el capítulo VII del título VII de la Ley del Impuesto sobre Sociedades. Y si los motivos económicos pueden considerarse como válidos a efectos de la aplicación del citado régimen especial.

La position de la DGT

Para que la fusión y la escisión parcial se acojan al régimen especial, deben cumplir los requisitos de la LIS y la normativa mercantil. La escisión requiere que el patrimonio segregado constituya una unidad económica autónoma (rama de actividad) tanto en la transmitente como en la adquirente. Los motivos económicos deben ser válidos para evitar que la operación tenga como fin principal la ventaja fiscal. En este caso, los motivos de reestructuración y simplificación se consideran válidos para la fusión y la escisión de la entidad D, aunque no se puede determinar la validez para la entidad B por falta de datos.

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