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V0620-14 7 mars 2014 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Critère en vigueur
IVA · rectificación de cuotas

Impossibilité de rectifier la TVA d'une facture de 2008 et déductibilité fiscale d'une charge d'un exercice prescrit

Une entreprise s'interroge sur la possibilité de récupérer la TVA d'une facture de 2008 via une déclaration rectificative et de déduire la charge correspondante en 2013. La DGT conclut qu'aucune rectification de la TVA n'est possible en raison du dépassement du délai de quatre ans et que la charge n'est pas déductible en 2013 car elle se rapporte à un exercice déjà prescrit.

La question posée

Cuestión planteada 1) Si la entidad consultante puede presentar una declaración rectificativa para proceder a la recuperación del IVA repercutido procedente de la factura nº 122 del año 2008, puesto que fue ingresado como IVA repercutido y no fue deducido en su día por la entidad C, además de haber sido pagado como consecuencia de la sentencia judicial de fecha 27 de mayo de 2013.

La position de la DGT

No cabe la rectificación del IVA repercutido cuando han transcurrido más de cuatro años desde la expedición de la factura. Respecto al Impuesto sobre Sociedades, aunque un error contable permita imputar un gasto en un ejercicio posterior, no será fiscalmente deducible si dicho gasto procede de un ejercicio prescrito, ya que esto supondría una tributación inferior a la que correspondería por las normas generales de imputación.

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