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V0565-16 10 février 2016 · SG de Impuestos Especiales y de Tributos sobre el Comercio Exterior Critère en vigueur
OTRO · impuestos especiales de fabricación

Impossibilité de demander le remboursement des accises en introduisant des produits déjà taxés en usine

Une entreprise s'interroge sur la possibilité pour les brasseries d'exercer le droit au remboursement des accises lors de l'introduction de produits déjà soumis à taxation en vue de leur expédition vers un autre État membre. La DGT précise que la réglementation n'autorise pas cette opération en usine, limitant ce remboursement aux entrepôts fiscaux.

La question posée

Cuestión planteada Posibilidad de aplicar a las fábricas de cerveza lo dispuesto en el artículo 10, apartado 1.c), de la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales.

La position de la DGT

La normativa de impuestos especiales no permite introducir en una fábrica de cerveza productos por los que ya se hubiera devengado el impuesto con el fin de enviarlos a otro Estado miembro de la Unión Europea y solicitar la devolución. El artículo 8 del Reglamento de los Impuestos Especiales limita el procedimiento de devolución previsto en el artículo 10.1.c) de la Ley únicamente a las introducciones en un depósito fiscal. La Ley distingue entre fábrica y depósito fiscal, y el artículo 15.5 prohíbe la entrada en fábricas de productos con impuesto ya devengado, salvo excepciones específicas.

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