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V0485-24 3 avril 2024 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Critère en vigueur
IRPF · domicilio fiscal

Le domicile fiscal des personnes physiques est le lieu de leur résidence habituelle, sauf activité économique principale

Un agent de la Guardia Civil affecté en Colombie s'interroge sur la détermination de son domicile fiscal et de la Communauté autonome compétente pour les déductions. La DGT précise que le domicile fiscal correspond à la résidence habituelle et que la détermination de la Communauté autonome relève de faits qui doivent être prouvés.

La question posée

Cuestión planteada 1.- A efectos de la declaración de la renta por el período impositivo 2023, si debe consignar que su domicilio fiscal está en Colombia o en España y, en este segundo caso, en qué inmueble fijaría dicho domicilio fiscal.

La position de la DGT

El domicilio fiscal de las personas físicas es el lugar donde tengan su residencia habitual, salvo que desarrollen principalmente actividades económicas. La determinación de la residencia habitual y de la Comunidad Autónoma de residencia es una cuestión de hecho que debe acreditarse con medios de prueba válidos. El simple empadronamiento o el traslado del domicilio fiscal no son suficientes por sí solos para acreditar la residencia o la vivienda habitual.

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