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V0406-16 2 février 2016 · SG de Tributos Locales Critère en vigueur
OTRO · potencia instalada

Exclusion de la puissance installée des éléments non directement affectés à la production

Une entreprise de fabrication de tabac s'interroge sur les éléments énergétiques à inclure dans le calcul de la puissance installée pour l'IAE. La DGT détermine que seuls les éléments directement affectés au processus de production sont pris en compte.

La question posée

Cuestión planteada Consideración de distintos elementos energéticos a efectos de su cómputo o no del elemento tributario potencia instalada.

La position de la DGT

La potencia instalada tributable es la suma de las potencias nominales de los elementos eléctricos o mecánicos directamente afectos a la producción. No se computan elementos de almacenamiento, transporte de materias primas al inicio del proceso, laboratorios de control de calidad, ni climatización por higiene laboral si no es imprescindible para el proceso. Sin embargo, sí se computan los elementos que concatenan fases del proceso productivo, como el transporte neumático o bandas entre maquinaria. En el caso de calderas, solo se computa la potencia de aquellas que funcionen con energía eléctrica.

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