Aller au contenu
Retour à l'index
V0393-19 25 février 2019 · SG de Tributación de las Operaciones Financieras Critère en vigueur
IRPF · planes de pensiones

Réduction des cotisations aux plans de retraite : application du régime général en l'absence de régime spécial

Un contribuable s'interroge sur l'éligibilité à la réduction pour versements sur des plans de retraite destinés aux personnes handicapées lorsque son certificat ne précise pas le type de handicap. La DGT précise que si les versements sont effectués sous le régime général, les plafonds ordinaires de l'IRPF s'appliquent.

La question posée

Cuestión planteada Posibilidad de aplicar la reducción prevista en el artículo 53 de la Ley 35/2006 por las aportaciones que realice a un plan de pensiones, teniendo en cuenta que en el certificado de minusvalía no se desglosa el grado de minusvalía física y el grado de minusvalía psíquica. Límite de reducción aplicable a la aportación a planes de pensiones.

La position de la DGT

La aplicación del régimen fiscal especial para personas con discapacidad requiere cumplir previamente el régimen financiero especial. Si las aportaciones se realizan conforme al régimen general, podrán ser objeto de reducción en la base imponible general del IRPF. En este caso, se aplicarán los límites máximos establecidos en los artículos 50 y 52 de la Ley 35/2006, sin que la base liquidable general pueda resultar negativa.

Email
Contact