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V0373-19 20 février 2019 · SG de Impuestos sobre el Consumo Critère en vigueur
IVA · prestación de servicios

Les services de stockage pour les entreprises non établies en Espagne sont hors champ de la TVA sans usage exclusif d'un espace

Une entreprise a sollicité un avis sur l'assujettissement à la TVA de ses services de garde-meubles pour des clients de l'UE, notamment pour la location de modules individuels ou de stands d'exposition. La DGT a précisé que si le client ne dispose pas d'un établissement stable en Espagne et que le service n'implique pas la cession d'un espace physique exclusif, l'opération n'est pas soumise à l'impôt.

La question posée

Cuestión planteada La consultante cuestiona la sujeción al Impuesto sobre el Valor Añadido de los servicios de guardamuebles y almacenamiento de enseres que va a prestar a una empresa establecida en otro estado de la Unión Europea cuando los servicios se prestan mediante el alquiler de un módulo individual, cuando las mercancías no se encuentran almacenadas en un espacio reservado exclusivamente al destinatario del servicio, y cuando el objeto del servicio de almacenamiento es el material de stands desmontados que van a ser montados en ferias y eventos internacionales.

La position de la DGT

Los servicios de almacenamiento prestados a empresarios no establecidos en España no están sujetos al IVA si el destinatario no cuenta con un establecimiento permanente en el territorio. Si el servicio implica la cesión de un espacio físico específico y de uso exclusivo, se califica como servicio relacionado con bienes inmuebles y estará sujeto al impuesto. Por el contrario, si no se asigna una parte específica del inmueble para el uso exclusivo del cliente, no se considera servicio relacionado con bienes inmuebles.

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