Aller au contenu
Retour à l'index
V0354-14 11 février 2014 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Critère en vigueur
IS · escisión total

Les scissions et fusions peuvent bénéficier du régime fiscal spécial sous réserve de conditions commerciales et de motifs économiques valables

Une question a été posée pour savoir si une série d'opérations de scission totale et de fusion inversée peut bénéficier du régime fiscal spécial du TRLIS. La DGT répond que, si elles sont réalisées conformément au droit commercial et respectent les conditions du TRLIS, elles peuvent bénéficier de ce régime, à condition que l'avantage fiscal ne soit pas leur objectif principal.

La question posée

Cuestión planteada Si las operaciones descritas pueden acogerse al régimen fiscal especial del capítulo VIII, del título VII del Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades aprobado por Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de Marzo.

La position de la DGT

Las operaciones de escisión total y fusión pueden acogerse al régimen especial del TRLIS si se realizan en el ámbito mercantil según la Ley 3/2009 y cumplen los requisitos de los artículos 83.1 y 83.2. En las escisiones, si la atribución de valores a los socios es proporcional, no es necesario que los patrimonios constituyan ramas de actividad. Para las fusiones, el régimen es aplicable independientemente de si los valores atribuidos proceden de una ampliación de capital o de acciones propias. El régimen no se aplicará si la operación tiene como principal objetivo el fraude o la evasión fiscal, o si carece de motivos económicos válidos.

Email
Contact