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V0345-18 8 février 2018 · SG de Impuestos sobre el Consumo Critère en vigueur
IVA · base imponible

Le changement de mode de paiement n'affecte pas la base imposable si le montant de la contrepartie reste inchangé

La question porte sur la possibilité de modifier la base imposable de la TVA en cas de changement de mode de paiement ou d'erreur sur le taux d'imposition. La DGT précise que si le changement de mode de paiement n'altère pas le montant de la contrepartie, la base imposable demeure inchangée.

La question posée

Cuestión planteada Si la modificación de la forma de pago de la prestación de servicios o el error en la aplicación del tipo de gravamen suponen alguna de las causas previstas en el artículo 80 de la Ley 37/1992 para la modificación de la base imponible del Impuesto sobre el Valor Añadido. En caso afirmativo, plazo para la deducción por el consultante de las cuotas del Impuesto soportadas derivadas de dicha modificación de la base imponible.

La position de la DGT

La modificación de la base imponible según el artículo 80 de la Ley 37/1992 solo ocurre si se altera el precio o la contraprestación acordada. Un cambio de pago de no dinerario a dinerario no modifica la base imponible si el importe no varía. La aplicación de un tipo de gravamen incorrecto no supone necesariamente una modificación de la base imponible. El plazo para deducir cuotas rectificadas depende del motivo de la rectificación según el artículo 114 de la Ley 37/1992.

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